TRABAJADORES DE Mc DONALD´S SIN
DERECHOS LABORALES
Mucho se discutió sobre la calidad
de las hamburguesas de Mc Donald´s, pero poco se ha dicho sobre las relaciones
de trabajo que vinculan a la empresa americana con los trabajadores que
contrata. Conozca cómo se violan los derechos de los trabajadores.
¿Qué es el McJob?
La versión monolingüe del
diccionario británico recoge el término desde marzo de 2001 y lo define como
"un trabajo mal pagado, carente de estímulos y con pocas perspectivas de
futuro". Aunque el origen del término se remonta a 1980, año en la que se
usó por primera vez en Estados Unidos, y se popularizó en 1991 por su uso en la
novela Generación X, del escritor Dougles Coupland.
Nos avocaremos a conocer el régimen
de trabajo que Mc Donald´s (ARCOS DORADOS S.A.) ofrece a nuestros hijos, los
cuales entre los 16 y 19 años deben salir a trabajar, pese a estar cursando el
Secundario. Casi siempre un niño mayor de 14 años que sale a trabajar, lo hace
por una necesidad económico-familiar, y no por el gusto de tener su propio
empleo. Gran parte de este nuevo ejército de pequeños trabajadores encuentra su
primer empleo en las conocidas cadenas de comidas rápidas, un trabajo que
promete -a priori- ofrecer capacitación y experiencia a los nuevos ingresantes
al mundo laboral; aunque luego veremos que nada de eso tiene.
La empresa Mc Donald´s contrataría a
sus nuevos trabajadores, chicos y chicas menores de 19 años, mediante un
régimen de pasantías, por medio de un contrato laboral que los obliga a
trabajar 6 horas diarias, o más, atendiendo a los clientes en la línea de caja,
cobrarles, prepararles los pedidos, limpiar las instalaciones, cocinar las
hamburguesas, las papas fritas y regalar una sonrisa -forzada- a los
consumidores cuando deben preguntarle -...desea agrandar el combo por $2.-?-
Este contrato de pasantías constituiría un fraude a la ley laboral.
La ley establece que “se entenderá
como pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de
empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán
residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas
con su formación y especialización”. Asimismo esta ley coloca como uno de sus
objetivos el “brindar experiencia práctica complementa-ria de la formación
teórica elegida que habilite para el ejercicio de la profesión u oficio”. Esta
ley exige dos supuestos fundamentales para hablar de contrato de pasantía:: 1)
Que las tareas que realiza el pasante tengan directa relación con su formación
teórica y con su especialización elegida en la escuela Secundaria (Polimodal,
Escuela Superior, o denominación que los funcionarios y legisladores de turno
quieran darle) y 2) Que la Escuela supervise y monitoree el desarrollo de dicha
formación práctica llevada a cabo con la pasantía.
Ahora bien, teniendo en cuenta los supuestos
para hablar de pasantías, debemos preguntarnos: ¿Que relación directa tiene
cocinar hamburguesas en la plancha, fritar papas fritas en aceite caliente,
envolver sandwiches en papel plateado, tapar vasos llenos de gaseosa, limpiar
mostradores y baños del establecimiento, etc, con la formación teórica de un
chico que ha salido de la Secundaria con una especialización de Magisterio,
Contabilidad, Biología, Ciencias exactas, entre otras? Tomemos un ejemplo: un
chico elige orientación ecológica, el otro elige orientación en administración
de empresas y el otro elige orientación técnica. A simple vista podemos notar
que nada tiene esto que ver con atender gente a las corridas, regalar una
sonrisa obligada, cocinar, limpiar los baños o cobrar a los clientes, lo cual
no se diferencia con una verdulería o carnicería o un bar o un restaurant,
salvando las distancias de inversión de marketing que Mc Donald´s posee.
Tampoco podemos olvidar que la esencia del contrato de pasantía es la
“formación” del nuevo trabajador, es decir, formarlo y brindarle experiencia en
tareas y procedimientos que luego le permitan desempeñarse en puestos de
trabajos normales. Por otro lado ¿La Escuela dónde está con su supervisión y
control?
Con este contrato de pasantías, Mc
Donald´s pretendería simular lo que debería ser un simple y llano contrato de
trabajo con aportes jubilatorios, sistema completo de obra social, afiliación a
un sindicato, aportes patronales, obligación de indemnizar al trabajador
despedido, entre otros. A través de estas pasantías, Mc Donald´s podría
despedir al chico o chica sin motivos, con sólo avisarle con un breve plazo de
anticipación, y sin indemnizarlo, violando palmariamente el derecho de igualdad
que establece la Constitución Nacional, ya que ese mismo trabajador de haber
sido contratado bajo el contrato de trabajo normal -es decir sin pasantías-
estaría protegido ante el despido incausado, con derecho a cobrar la
indemnización. La cuestión no es menor y sobre todo en aquellos chicos que
llevan uno o dos años trabajando y pueden ser dejados de lado con sólo
avisarles unos días antes, y sin pagarles absolutamente nada.
Para resolver esta situación el
Artículo 14 de la ley laboral 20.744 establece que “Será nulo todo contrato por
el cual las partes hayan procedido con simulación o fraude a la ley laboral,
sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de personas o
de cualquier otro medio. En tal caso, la relación quedará regida por esta ley”.
Esto quiere decir que todo contrato diferente al laboral que se efectúe con el
trabajador y con el fin de evitar las cargas que las leyes del trabajo disponen
será anulado por los Jueces, obligándose a la empresa a abonar al empleado todo
lo que corresponda (aportes, indemnización, vacaciones, aguinaldo, etc.).
Si usted cree que su hijo o usted
mismo está inmerso en una situación de pasantías, ya sea con Mc Donald´s o con
cualquier otra empresa pública o privada, que no parece formarlo conforme su
orientación escolar, no dude en consultar a un abogado para hacer valer sus
derechos, ante un problema, un accidente o un despido.-
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