martes, 17 de mayo de 2016

No dejes a tu pibe trabajar en Mc Donald’s



TRABAJADORES DE Mc DONALD´S SIN DERECHOS LABORALES
Mucho se discutió sobre la calidad de las hamburguesas de Mc Donald´s, pero poco se ha dicho sobre las relaciones de trabajo que vinculan a la empresa americana con los trabajadores que contrata. Conozca cómo se violan los derechos de los trabajadores.
¿Qué es el McJob?
La versión monolingüe del diccionario británico recoge el término desde marzo de 2001 y lo define como "un trabajo mal pagado, carente de estímulos y con pocas perspectivas de futuro". Aunque el origen del término se remonta a 1980, año en la que se usó por primera vez en Estados Unidos, y se popularizó en 1991 por su uso en la novela Generación X, del escritor Dougles Coupland.

Nos avocaremos a conocer el régimen de trabajo que Mc Donald´s (ARCOS DORADOS S.A.) ofrece a nuestros hijos, los cuales entre los 16 y 19 años deben salir a trabajar, pese a estar cursando el Secundario. Casi siempre un niño mayor de 14 años que sale a trabajar, lo hace por una necesidad económico-familiar, y no por el gusto de tener su propio empleo. Gran parte de este nuevo ejército de pequeños trabajadores encuentra su primer empleo en las conocidas cadenas de comidas rápidas, un trabajo que promete -a priori- ofrecer capacitación y experiencia a los nuevos ingresantes al mundo laboral; aunque luego veremos que nada de eso tiene.
La empresa Mc Donald´s contrataría a sus nuevos trabajadores, chicos y chicas menores de 19 años, mediante un régimen de pasantías, por medio de un contrato laboral que los obliga a trabajar 6 horas diarias, o más, atendiendo a los clientes en la línea de caja, cobrarles, prepararles los pedidos, limpiar las instalaciones, cocinar las hamburguesas, las papas fritas y regalar una sonrisa -forzada- a los consumidores cuando deben preguntarle -...desea agrandar el combo por $2.-?- Este contrato de pasantías constituiría un fraude a la ley laboral.
La ley establece que “se entenderá como pasantía a la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de empresas u organismos públicos o privados, en los cuales los alumnos realizarán residencias programadas u otras formas de prácticas supervisadas relacionadas con su formación y especialización”. Asimismo esta ley coloca como uno de sus objetivos el “brindar experiencia práctica complementa-ria de la formación teórica elegida que habilite para el ejercicio de la profesión u oficio”. Esta ley exige dos supuestos fundamentales para hablar de contrato de pasantía:: 1) Que las tareas que realiza el pasante tengan directa relación con su formación teórica y con su especialización elegida en la escuela Secundaria (Polimodal, Escuela Superior, o denominación que los funcionarios y legisladores de turno quieran darle) y 2) Que la Escuela supervise y monitoree el desarrollo de dicha formación práctica llevada a cabo con la pasantía.



Ahora bien, teniendo en cuenta los supuestos para hablar de pasantías, debemos preguntarnos: ¿Que relación directa tiene cocinar hamburguesas en la plancha, fritar papas fritas en aceite caliente, envolver sandwiches en papel plateado, tapar vasos llenos de gaseosa, limpiar mostradores y baños del establecimiento, etc, con la formación teórica de un chico que ha salido de la Secundaria con una especialización de Magisterio, Contabilidad, Biología, Ciencias exactas, entre otras? Tomemos un ejemplo: un chico elige orientación ecológica, el otro elige orientación en administración de empresas y el otro elige orientación técnica. A simple vista podemos notar que nada tiene esto que ver con atender gente a las corridas, regalar una sonrisa obligada, cocinar, limpiar los baños o cobrar a los clientes, lo cual no se diferencia con una verdulería o carnicería o un bar o un restaurant, salvando las distancias de inversión de marketing que Mc Donald´s posee. Tampoco podemos olvidar que la esencia del contrato de pasantía es la “formación” del nuevo trabajador, es decir, formarlo y brindarle experiencia en tareas y procedimientos que luego le permitan desempeñarse en puestos de trabajos normales. Por otro lado ¿La Escuela dónde está con su supervisión y control?
Con este contrato de pasantías, Mc Donald´s pretendería simular lo que debería ser un simple y llano contrato de trabajo con aportes jubilatorios, sistema completo de obra social, afiliación a un sindicato, aportes patronales, obligación de indemnizar al trabajador despedido, entre otros. A través de estas pasantías, Mc Donald´s podría despedir al chico o chica sin motivos, con sólo avisarle con un breve plazo de anticipación, y sin indemnizarlo, violando palmariamente el derecho de igualdad que establece la Constitución Nacional, ya que ese mismo trabajador de haber sido contratado bajo el contrato de trabajo normal -es decir sin pasantías- estaría protegido ante el despido incausado, con derecho a cobrar la indemnización. La cuestión no es menor y sobre todo en aquellos chicos que llevan uno o dos años trabajando y pueden ser dejados de lado con sólo avisarles unos días antes, y sin pagarles absolutamente nada.
Para resolver esta situación el Artículo 14 de la ley laboral 20.744 establece que “Será nulo todo contrato por el cual las partes hayan procedido con simulación o fraude a la ley laboral, sea aparentando normas contractuales no laborales, interposición de personas o de cualquier otro medio. En tal caso, la relación quedará regida por esta ley”. Esto quiere decir que todo contrato diferente al laboral que se efectúe con el trabajador y con el fin de evitar las cargas que las leyes del trabajo disponen será anulado por los Jueces, obligándose a la empresa a abonar al empleado todo lo que corresponda (aportes, indemnización, vacaciones, aguinaldo, etc.).
Si usted cree que su hijo o usted mismo está inmerso en una situación de pasantías, ya sea con Mc Donald´s o con cualquier otra empresa pública o privada, que no parece formarlo conforme su orientación escolar, no dude en consultar a un abogado para hacer valer sus derechos, ante un problema, un accidente o un despido.-







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